P.
¿Cuál
es la diferencia
entre el grabado
a domicilio
y el grabado
en las tiendas
de falabella?
Con el grabado
a domicilio
usted podrá
identificar
los bienes de
su casa, lo
que le permitirá
proteger su
hogar contra
posibles robos.
En el grabado
en tiendas usted
debe llevar
los bienes que
quiere grabar,
lo cual le permitirá
grabar sólo
bienes que sean
transportables
y relativamente
pequeños.
Respecto
al Plan 3:
(UF 0,14)
P.¿Cuál
es el precio
mensual de
este servicio?
El precio mensual
que el cliente
cancelará por este servicio es de 0,14UF,
IVA incluido. El valor de $2.990 es un valor que se cancela solamente en la primera
cuota, desde la segunda cuota la mensualidad se reajusta según
las variaciones de
la UF.
P.¿Cuál
es la vigencia del
contrato?
El contrato comienza
a regir desde la fecha
de suscripción y tiene una
duración de 1 año.
P. ¿El contrato es renovable o vence una vez cumplido 1 año
de duración?
El contrato tiene renovaciones
automáticas por periodos iguales de 1 año,
hecho que ocurre si el cliente no manifiesta su intención de terminarr
con el contrato, mediante carta certificada dirigida a FalabellaPro, ahumada
179 piso 9, con al menos 30 días de anticipación a la expiración
del mismo.
P. ¿El cliente puede solicitar el término
anticipado del contrato?
Si, el cliente puede
solicitar anticipadamente
el término del contrato,
para lo cual debe enviar una carta certificada con una anticipación no
menos de 30 días,
dirigida a FalabellaPro,
Ahumada 179 piso 9.
P. ¿A partir de qué mes, el cliente puede solicitar
el término anticipado del contrato?
El cliente podrá solicitar el término
anticipado del contrato
a partir del cuarto
mes de vigencia.
P. ¿El cliente al solicitar el término anticipado del
contrato tiene que cancelar algún monto?
Si, el cliente deberá pagar una cantidad equivalente al 45% de la tarifa
que correspondiente al periodo contratado que se encuentre pendiente, hasta un
límite de tres
meses.
P. ¿Los servicios de Grabado a Domicilio son solo para
cliente que tenga una propiedad en la Región Metropolitana?
SI, el servicio de
grabado a domicilio
sólo se efectúa dentro de
los límites de la Región
Metropolitana.
P. Para
el servicio de Producto
Protegido, ¿Cuáles
son las responsabilidad del cliente?
El cliente que contrata el servicio de Producto Protegido tiene la responsabilidad
de:
- Comprobar
sus datos personales
en la web Producto
Protegido
- Solicitar
su usuario
y clave al
mail soporte@productoprotegido.cl
- Informar
al call center
750 00 00 producto
protegido el
robo de los
bienes
- Informar
al call center
producto protegido
el cambio de
domicilio o
de dirección
de correo electrónico
- Informarse
en la web sobre
término
y condiciones
- Usar adecuadamente
la clave secreta
- Firmar
las actas de
registro de
bienes, control
Nº de
serie
P. En una
tienda de Falabella
compré un
contrato de
$990 mensuales,
que me permite
grabar hasta
5 bienes, ¿me
cubre el seguro
de Producto
Protegido?
No, el seguro de Producto
Protegido es aplicable solamente para
los contratos cuyo
valor mensual es de
0,14UF, (el primer
pago es de $2.990 mensuales).
El plan de $990 y $2490
no tienen un seguro
incorporado.
P. ¿El seguro de Producto Protegido qué tipo de
cobertura cubre?
La cobertura completa
está depositada
en la Super Intendencia
de Valores y Seguros
bajo la póliza
POL 1 08 063, que comprende
las siguientes coberturas:
a) Robo con Fuerza
en las cosas y
b) Robo con violencia
en las Personas
* Ambos deben ocurrir
en el lugar habitado
por el asegurado.
P. ¿Qué se entiende por Robo con fuerza en las
cosas?
Es la apropiación
de cosas muebles ajena
usando fuerza en las
cosas, sin la voluntad
de su dueño
y con ánimo
de lucrarse. También
se entiende robo por
fuerza en las cosas
el cometido con escalamiento, por
forados, con
rompimiento de pared
o techos o fractura
de puertas o ventanas;
el cometido usando
llaves falsas o verdaderas
que hubieren sido sustraídas,
usos de ganzúas.
También, incluye
los robos usando la
seducción del
algún doméstico
o a favor de nombre
supuestos o simulación
de autoridad.
P. ¿Qué se entiende por Robo con violencia en
las personas?
Se entenderá por
robo con violencia
o intimidación
a las personas, los
malos tratamientos
de obra, las amenazas
y cualquier otro acto
que pueda intimidar
o forzar a la entrega
de bienes o para ingresar
al inmueble.
P. Frente a un robo ¿Cuáles son las Obligaciones
del Cliente?
Una vez ocurrido el
siniestro, es obligación
del cliente o asegurado
hacer el denuncio de
inmediato a la unidad
policial más
cercana al domicilio
donde ocurrió el
robo y comunicar el
siniestro o robo en
forma inmediata llamando
a algunos de los Call
Center indicados en
el siguiente punto.
P. ¿Dónde debo llamar para informar el siniestro
o robo?
Para comunicar el siniestro
o robo, el Cliente
debe llamar al Call
Center de Producto
Protegido Chile S.P.A.,
teléfono 750
00 00 o también
puede llamar al Call
Center de Falabella
600 3906565.
P. ¿Cuál es el plazo máximo para llamar
al Call Center e informar el siniestro o robo?
A contar del momento
de conocido el siniestro,
el cliente o asegurado
tiene un plazo máximo
de 72 hrs. para comunicarse
con algún de
los Call Center indicados
en el punto anterior.
P. ¿Qué sucede si no llamo al Call Center después
de las 72 Hrs. para informar el siniestro?
Si el cliente no informa
el siniestro o robo
antes de las 72hrs.,
de conocido el siniestro
pierde el derecho a
indemnización
contenido en la POL
1 08 063.
P. ¿Qué información debo entregarle al
Call Center para informar el siniestro o robo?
El cliente o asegurado,
cuando se comunique
con alguno de los Call
Center debe proporcionar
la siguiente información:
- Nombre completo
del asegurado (nombre
y ambos apellidos).
- Rut
- Dirección
de la propiedad
habitacional donde
ocurrió el
siniestro
- Nombre de la
calle, avenida,
pasaje
- Enumeración
de la propiedad
- Comuna
- Condominio,
villa, población
- Entre calles
- Teléfonos
fijos y celular
del asegurado.
- Mail del asegurado.
- Datos del denuncio
- Fecha de la
denuncia (dd(mm/aa)
- Nº del
denuncio.
- Nombre de la
Institución
(Carabineros
de Chile, Policía
de Investigaciones
o Tribunales
de Justicia
con competencia
criminal) donde
el asegurado
realizó el
denuncio.
- Datos del Siniestro
- Fecha del siniestro
- Breve descripción
del hecho delictual
(indicar quebradura
de vidrio,
destrozo de
puerta, etc)
- Listado de
bienes robados
(sólo
bienes que
previamente
fueron grabados)
P. ¿Qué bienes
están
cubiertos por
el seguro de
Producto Protegido?
Cubre los bienes que
fueron grabados con
la serie única
de Producto Protegidos
Chile S.P.A., que tengan
una antigüedad
inferior a 10 años
y que al momento del
robo estaban en el
interior del inmueble
habitado por el cliente
o asegurado.
P. ¿Qué bienes No están cubierto por el
seguro de Producto Protegido?
El seguro de Producto
Protegido No cubre
los siguientes bienes:
- No cubre los
bienes cuyo
valor excede
el de los materiales
que lo componen,
tales como
medallas, cuadros,
estatuas, frescos,
murales, cualquier
tipo de colección.
- No cubre objetos
muebles que
tengan valor
artístico,
científico
o histórico,
como manuscritos,
planos ,croquis,
fotografías,
etc.
- No cubre ningún
tipo de documentos
de cualquier
clase.
- No cubre sellos,
estampillas,
billetes, cheques,
letras, pagarés, órdenes
de pago, tarjetas
de créditos,
valores al
portador, libreta
de ahorro,
libros de contabilidad,
etc.
- Joyas, gemas,
piedras preciosas,
artículos
hechos con
oro u otro
material precioso.
- Pieles, arte,
antigüedades,
arma de fuego,
bienes de colección.
- Bienes arrendados
por el asegurado.
- Bienes reconstruidos,
restaurados
o recuperados.
- Bienes comprados
por el asegurados
para ser revendidos.
- Bienes para
uso profesional
o comercial.
- Vehículos
terrestre,
marítimos
y aéreos
motorizados
o no.
- No cubre cualquier
equipo y/o
parte necesaria
para la operación
y/o mantención
de vehículos.
- No cubre alfombras,
pisos y/o baldosas,
acondicionadores
de aire, calefactores.
- No cubre objetos
de usos domésticos
como vasos,
floreros, platos,
vajillas en
general y todos
los bienes
de simple ornato.
- No cubre los
bienes destinados
al exterior
de un inmueble,
tales como
maceteros,
muebles de
terrazas y
otros.
P. ¿Qué se
entiende como “interior
del inmueble
habitado”?
Un inmueble habitado
es el lugar interior
que el asegurado destine
como casa habitacional.
Se entenderá el
recinto cerrado y techado
que sirve exclusivamente
de habitación
al asegurado.
P. ¿Los bienes que están en mi oficina o bodega
están asegurado?
No está asegurado
ningún bien
que se encuentre en
el interior de oficinas,
bodega, estacionamiento,
jardín, terrazas,
antejardín,
patios interiores,
calles interiores,
pasajes, espacios comunes
de departamentos u
otros que pertenezcan
al inmueble.
P. Tengo un bien cuyo valor comercial es superior a las 15UF
si es robado, ¿el seguro de Producto Protegido cubre este bien?
El seguro Producto
Protegido si cubre
los bienes cuyo valor
sea superior a UF 15,
sin embargo, el asegurado
deberá cancelar
a la compañía
de seguro un deducible
de UF 3.
P. ¿En qué consiste el pago de un deducible?
Es una cantidad de
dinero que es de cargo
del asegurado y que
debe cancelar a la
compañía
de seguro.
P. Los Bienes cuyo valor comercial sea inferior a UF 15, ¿cancelan
deducible?
No.
P. ¿Al momento de contratar el servicio me entregaron
una placa disuasiva de Producto Protegido, que hago con la placa?
Para hacer efectiva
la indemnización
por el robo de los
bienes, es requisito
tener instalada la
placa disuasiva en
un lugar visible en
el exterior del inmueble
habilitado por el asegurado.
P. Si tengo otro seguro con otra compañía de
seguro, ¿me
cubre el seguro de Producto Protegido?
Si, el seguro de Producto
Protegido S.P.A. tiene
cobertura en exceso
de cualquier otra cobertura
de otro seguro.
P. ¿Qué es un Liquidador de Siniestros?
Es una Persona
natural o jurídica,
auxiliar del comercio
de seguros, autorizado
por la Superintendencia
de Valores y Seguros,
que pueden ser contratadas
por una compañía
de seguros para investigar
la ocurrencia de los
siniestros y sus circunstancias,
determinando si estos
se encuentran o no
amparados por la póliza
y el monto de la indemnización
que corresponda pagar
al asegurado o beneficiario
en su caso.
P. ¿Qué es un Siniestro?
Perdida de las cosas
aseguradas.
P. ¿Qué es el Capital asegurado?
Es el monto máximo
pagadero en caso de
siniestro previamente
estipulado en las condiciones
de la póliza.
P. ¿Cuánto dinero es el capital o suma asegurada?
La póliza contratada
por Producto Protegido
Chile S.P.A. tiene
definido una suma asegurada
máxima de UF
100 anual, por cada
asegurado o cliente
que contraten el plan
cuyo valor mensual
es de UF 0,14.
P. ¿Qué es el principio Indemnizatorio?
Es la Regla básica
en materia de seguros
por la cual el valor
de la indemnización
tendrá su límite
en el monto del daño
causado, no pudiendo
transformarse en objeto
de lucro o ganancia
para el asegurado.
P. Si me roban los bienes, ¿se recupera el dinero
o un bien de similares características?
La Compañía
de Seguros tendrá la
opción de pagar
en dinero efectivo
o reemplazar o reponer
los bienes robados
por otro equivalente
al estado que estaban
al momento del siniestro.
P. ¿En qué consiste la inspección de los
objetos asegurados?
La Compañía
de Seguro tiene el
derecho de inspeccionar
o examinar los bienes
asegurados durante
la vigencia de la póliza.
El cliente o asegurado,
debe otorgar todas
las facilidades o informaciones
que solicite o necesite
la compañía
de seguro para inspeccionar
a satisfacción
los objetos asegurados.
P. ¿El seguro de Producto Protegido cubre los bienes
que estén en el interior de un inmueble habitacional de un pueblo
como Cachiyuyo?
Si, la cobertura del seguro de Producto Protegido está sujeta
a que el siniestro o robo ocurra dentro del territorio de la Republica de
Chile.
P. ¿El seguro de Producto Protegido, cubre los bienes
que están en el interior de un inmueble deshabitado o sin cuidador
por más de 30 días seguidos?
Cuando un inmueble
permanezca deshabitado
o sin cuidador por
más de 30 días,
hará cesar la
responsabilidad de
la Compañía
de Seguro, por lo tanto
los bienes no estarán
asegurados.
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